AGUINALDO

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Recordamos a nuestros afiliados que el 30 de Junio vence la primera cuota del Sueldo Anual Complementario ‪#‎Aguinaldo

Según indica la Ley 27073 de 2014 ‘Art. 122.- El sueldo anual complementario será abonado en dos (2) cuotas: la primera de ellas con vencimiento el 30 de junio y la segunda con vencimiento el 18 de diciembre de cada año.

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